El Gobierno interino de José Jerí busca ampliar los beneficios de la “Ley Chlimper 2.0” a los grandes grupos de la industria de alimentos. Según un proyecto de decreto supremo revisado por este diario, la iniciativa apunta a que determinadas actividades agroindustriales accedan a la tasa reducida del impuesto a la renta (IR), que pasaría de 29,5% a 15%, beneficio que hasta ahora se concentraba en las empresas agrarias y que regirá desde 2026.
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La iniciativa es gestada por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), bajo la directriz del ministro Vladimir Cuno, y busca definir qué actividades agroindustriales estarán comprendidas en la Ley N.º 34234, rotulada como “norma que promueve la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario con protección social”. El proyecto permanecerá en consulta pública por un plazo de 15 días calendario antes de su eventual aprobación.
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Beneficio concentrado en grandes grupos
Fuentes del Ejecutivo indicaron a La República que la ampliación del régimen tributario no estaría focalizada en pequeños productores, sino que favorecería principalmente a grandes conglomerados empresariales con presencia dominante en sectores como lácteos, azúcar, bebidas, jugos de frutas u hortalizas, cacao, elaboración de vinos, procesamiento de carnes y producción de productos cárnicos como salchichas, morcillas, chorizo y otros embutidos, patés y jamón cocido.
Entre los potenciales beneficiarios figuran el Grupo Gloria, el Grupo Romero, Tacama y otros actores de gran escala del sector alimentos. Se trata de sectores con cadenas productivas consolidadas, alta participación de mercado, además de capacidad financiera suficiente para operar bajo el régimen general del impuesto a la renta (29,5%).
El economista e investigador Eduardo Zegarra cuestionó la iniciativa, debido a que contradice el espíritu de la Ley de Promoción Agraria y favorece a sectores concentrados, que no forman parte de la producción agraria primaria.
“La ley está hecha para la producción agraria, es decir, para quienes producen en la tierra o en la ganadería. Por definición, queda descartado cualquier proceso industrial o manufacturero. Sin embargo, ahora se pretende incluir actividades industriales, como los sectores lácteo, azucarero y de bebidas, incluidos los licores”, apuntó a La República.
“Esta es una total distorsión de la ley y una aberración técnica. En lugar de beneficiar a la pequeña agricultura, se está ampliando un regalo tributario a grandes sectores industriales”, agregó
El MEF debe frenar el posible decreto
Para Zegarra, esta ampliación responde a un fuerte lobby dentro del Midagri, y criticó que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) no haya sido consultado.
El decreto incorpora actividades que ya pertenecen a la industria alimentaria manufacturera plenamente desarrollada, y no al núcleo del sector agrario que la ley buscaba proteger. Se trata de rubros que ya cuentan con otros beneficios tributarios y que no enfrentan las limitaciones propias del agro, por lo que su incorporación implicaría extender incentivos a sectores que no los necesitan.
“El decreto representa una abierta transgresión a cualquier pacto fiscal. El MEF debe bloquear el decreto supremo. En vez de eliminar exoneraciones las están ampliando. Jerí es instrumento más de los que han tomado el poder. Están levantando en peso lo que queda del erario nacional”, criticó.
Demandaría un costo fiscal de S/3.000 millones
En la exposición de motivos no se evalúa cuánto le costará al Estado la aplicación de esta medida. Sin embargo, según pudo conocer La República, la ampliación del impuesto a la renta reducido de 15% a estas actividades tendría un costo fiscal estimado de S/300 millones anuales, asociado principalmente a una menor recaudación del impuesto a la renta empresarial. En un horizonte de 10 años, el impacto acumulado ascendería a alrededor de S/3.000 millones.
Estos sectores presentan altos niveles de concentración empresarial, integración vertical y economías de escala, características que los diferencian de los pequeños y medianos productores agrarios.
“Y el respeto por la regla fiscal? ¿El Acuerdo Fiscal por el Crecimiento Sostenible fue por dos semanas solamente?”, cuestionó así el exmninistro de Economía Waldo Mendoza, en referencia al pacto fiscal impulsado por el propio gobierno, más precisamente por el Ministerio de Economía y Finanzas, que dirige Denisse Miralles, en el que asegura un “uso responsable y eficiente de los recursos públicos”.
El exministro de Economía Kurt Burneo advirtió hace unos días que el Acuerdo Fiscal solo sería creíble si el Ejecutivo pasaba del discurso a medidas concretas.
La inclusión de actividades industriales consolidadas podría desnaturalizar aún más el espíritu de la Ley Chlimper 2.0, que de por sí beneficiará a grandes agroexportadoras como Camposol, Danper Trujillo, Agrícola Cerro Prieto, Sociedad Agrícola Drokasa, Ecosac Agrícola y Agrovisión Perú, pese a que en su momento el equipo técnico del MEF se opuso a esta medida.
Ahora bien, el proyecto de decreto supremo que impulsa el Midagri busca aclarar qué actividades agroindustriales estarán comprendidas en la nueva Ley Agraria, toda vez que la norma aprobada por el Congreso no detalla ese punto. Según el documento, esta precisión es necesaria para que la ley pueda aplicarse de manera adecuada.
Zegarra señaló que si el objetivo es promover inversión, lo adecuado sería subsidios a la inversión condicionados a que las empresas inviertan, y no beneficios sobre el Impuesto a la Renta, que grava las ganancias. “La mayoría de economistas, de diferentes posturas, coincide en que esto es antitécnico”, remarcó.
El Ejecutivo plantea una definición amplia de agroindustria, que no se limita al cultivo o la crianza, sino que incluye el procesamiento y la transformación de productos agropecuarios para darles mayor valor. Bajo esta lógica, la agroindustria es vista como una herramienta para mejorar la competitividad del sector agrario y facilitar el acceso a mercados, siempre que las actividades se realicen fuera de Lima Metropolitana y el Callao.
La exposición de motivos tampoco establece una diferenciación entre pequeñas empresas agrarias y grandes compañías industriales que podrían acogerse al beneficio. Solo precisa que quedan excluidas las actividades vinculadas al trigo, tabaco, aceites, semillas oleaginosas y cerveza, por mandato expreso de la propia ley.
El proyecto de decreto supremo se encuentra actualmente en etapa de consulta pública. Durante este periodo, entidades públicas, privadas y la ciudadanía podrán presentar comentarios y observaciones que serán evaluados por el Midagri antes de la aprobación de la versión final.
