El Ministerio Público archivó definitivamente la denuncia presentada por el exministro del Interior Juan José Santiváñez contra el equipo periodístico del programa dominical Punto Final.
La Primera Fiscalía Superior Penal de Lima Este declaró infundado el recurso de elevación de actuados presentado por el ahora candidato de Alianza Para el Progreso (APP), y confirmó así el archivo de la investigación por el presunto delito de marcaje o reglaje en agravio del Estado.
Al respecto, la Fiscalía ratificó la decisión de primera instancia al determinar que las actividades de vigilancia y seguimiento realizadas por los periodistas para el reportaje “¿Con quiénes se reúne Santiváñez en Palacio?” se enmarcan dentro de su ejercicio profesional y no configuran una actividad ilícita.
Labor periodística
De acuerdo con el Ministerio Público, el seguimiento realizado por los periodistas Mónica Delta, Juan Subauste, Carlos Hidalgo, entre otros, constituye una “conducta neutra” amparada en derechos constitucionales.
La resolución establece que “la actividad desplegada estuvo vinculada al quehacer periodístico con fines informativos (…) lo cual no constituye delito alguno”, salvo que se corrobore de manera objetiva que dicha labor se usó para cometer o facilitar otro crimen, “lo cual ni por asomo ocurre en el presente caso”.
En tanto, la Fiscalía concluyó que la conducta de los denunciados es “atípica”, desestimando así la tesis de Santiváñez, quien pretendía criminalizar la obtención de imágenes en la vía pública realizadas para el informe televisivo.
Falta de pruebas
Uno de los argumentos centrales de Santiváñez para denunciar el supuesto reglaje fue vincular la vigilancia periodística con presuntas llamadas extorsivas recibidas días antes del reportaje. Sin embargo, el Ministerio Público desestimó esta acusación.
La disposición fiscal revela que el exministro nunca presentó pruebas de dichas amenazas y alegó que no podía mostrar el número telefónico ni los mensajes porque “cambió de línea telefónica y dispositivo móvil” y, al hacerlo, “se eliminó todo”.
En consecuencia, la acusación es calificada como una “mera sindicación genérica y especulativa, carente de asidero probatorio”, subrayando que no existe “ni siquiera un mínimo indicio” de que las extorsiones hayan ocurrido realmente.
