corte de EE. UU. declara al Perú en rebeldía – El reportero andino

Una corte federal de Estados Unidos declaró en rebeldía al Estado peruano en el marco del caso del Aeropuerto Internacional de Chinchero, luego de que el país no pagara al consorcio Kuntur Wasi una indemnización superior a los $ 91 millones ordenada por un tribunal arbitral internacional.

En términos simples, la declaración de rebeldía significa que el Perú no respondió ni se defendió dentro del plazo legal en el proceso judicial iniciado en Estados Unidos, por lo que el juez resolvió el caso sin escuchar una posición del Estado y confirmó la obligación de pago.

¿Qué pasó con el contrato de Kuntur Wasi y por qué se canceló?

Este conflicto inició en 2017, cuando el Estado peruano decidió resolver de manera unilateral el contrato de concesión que había firmado con el consorcio Kuntur Wasi para la construcción y operación del aeropuerto de Chinchero, en Cusco.

Este contrato había sido adjudicado en 2014 y luego modificado en 2016. El Gobierno de ese momento consideró que dichas modificaciones eran desfavorables para el Estado y optó por cancelar la concesión.

Es importante precisar que no se canceló el proyecto del aeropuerto, sino el contrato con la empresa concesionaria. El proyecto continúa, pero bajo un esquema distinto, a cargo del propio Estado a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Kuntur Wasi, por su parte, sostuvo que la cancelación del contrato fue arbitraria e injustificada, y llevó el caso a un arbitraje internacional ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones), un tribunal dependiente del Banco Mundial, especializado en disputas entre Estados e inversionistas.

En mayo de 2024, el CIADI le dio la razón a la empresa y ordenó al Estado peruano pagar una indemnización de $ 91,205,056, más intereses, por los perjuicios ocasionados tras la terminación del contrato.

¿Qué implica esta decisión?

Aunque el laudo del CIADI es una decisión internacional, no se cobra automáticamente. Para hacer efectivo el pago, la empresa ganadora debe solicitar que ese laudo sea reconocido y ejecutado como una sentencia judicial en algún país.

Por ello, Kuntur Wasi acudió a una corte federal de Estados Unidos, una jurisdicción donde este tipo de laudos internacionales puede ser validado para fines de cobro. En otras palabras, la empresa pidió que la decisión del CIADI sea tratada como una sentencia estadounidense, lo que le permitiría iniciar acciones legales para exigir el pago.

La decisión de la corte estadounidense no crea una nueva deuda, sino que ratifica una obligación ya establecida por el tribunal arbitral internacional. Además, abre la puerta a que la empresa pueda buscar mecanismos legales de cobro en el exterior, mientras el monto sigue incrementándose por los intereses.

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