Gobierno emite Decreto Supremo que oficializa – El reportero andino

El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N.º 277-2025-EF, mediante el cual fija los nuevos montos de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de la primera escala magisterial, así como la

contratados y el incremento de la asignación por jornada de trabajo adicional.

La norma aprobada -que lleva las firmas del presidente José Jerí y los ministros de Economía, Denisse Miralles, y de Educación, Jorge Figueroa- beneficia a profesores de la Carrera Pública Magisterial (CPM) y a contratados en el marco de la Ley 30328.

El Decreto Supremo se emite en cumplimiento de la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto 2025, que ordena incrementos salariales para el magisterio en dos etapas (marzo y noviembre). 

En su artículo 1, la norma señala que la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) por hora de la Primera Escala Magisterial se fija en S/ 116,69, monto que sirve como referencia para calcular los incrementos en las demás escalas.

Asimismo, se establece la nueva remuneración mensual para docentes contratados, de acuerdo con la jornada laboral correspondiente, tal como se detalla a continuación:

Modalidad / Forma

Nivel / Ciclo

Jornada laboral

Remuneración mensual

S/

Educación Básica Regular – EBR

Inicial

30

3 500,70

Primaria

30

3 500,70

Secundaria

30

3 500,70

Educación Básica Especial – EBE

Inicial

30

3 500,70

Primaria

30

3 500,70

Educación Básica Alternativa – EBA

Inicial / Intermedio

30

3 500,70

Avanzado

30

3 500,70

Educación Técnico Productiva – ETP

Básico y Medio

30

3 500,70

Igualmente, se fija un pago de S/ 4 667,60 para profesores contratados que trabajan como coordinadores en el Programa No Escolarizado de Educación Inicial (Pronoei) o como Docente Coordinador en la Oficina Nacional Diocesana de Educación Católica (ONDEC), o en la Oficina Diocesana de Educación Católica (ODEC).

El dispositivo también dispone el aumento de la asignación por jornada de trabajo adicional para profesores encargados en cargos directivos, jerárquicos o de especialistas en educación. 

En una institución educativa multigrado o polidocente:

Escala Magisterial

Asignación por Jornada de Trabajo Adicional S/

Profesor de 30 horas

Octava

2 450,49

Sétima

2 217,11

Sexta

2 042,08

Quinta

1 750,35

Cuarta

1 516,97

Tercera

1 400,28

Segunda

1 283,59

Primera

1 166,90

En una institución educativa unidocente:

Escala Magisterial

Asignación por Jornada de Trabajo Adicional S/

Profesor de 30 horas

Octava

2 450,49

Sétima

2 217,11

Sexta

2 042,08

Quinta

1 750,35

Cuarta

1 516,97

Tercera

1 400,28

Segunda

1 283,59

Primera

1 166.90

Lo establecido en este Decreto Supremo se financiará con cargo a los recursos previstos en el artículo 53 del Decreto Legislativo 1440, señala la misma norma. El Ministerio de Economía y Finanzas actualizará estos nuevos montos en el Aplicativo Informático de Recursos Humanos (AIRHSP). 

Docentes beneficiados

El Ministerio de Educación (Minedu) informó que más de 426 mil docentes de todo el Perú ya recibieron el segundo tramo de incrementos remunerativos, cumpliendo así con el compromiso asumido por el Gobierno de revalorizar la labor docente y fortalecer la Carrera Pública Magisterial.

Al respecto, el ministro de Educación, Jorge Figueroa, destacó que este incremento reafirma la apuesta del Gobierno por el magisterio y la educación pública.

 “Cumplimos con nuestros docentes porque ellos sostienen la escuela peruana todos los días”, remarcó.

“Este aumento salarial es un reconocimiento a su esfuerzo y un paso firme en la revalorización de su trabajo en todo el territorio nacional”, subrayó.

El titular resaltó que este segundo tramo salarial constituye un avance importante dentro de la política de revalorización docente, orientada a fortalecer las condiciones laborales, mejorar la estabilidad económica del magisterio y avanzar hacia una educación pública de calidad.

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(FIN) RRC

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