
El mes de noviembre de 2025 en Perú presenta un panorama singular en materia de descansos oficiales. Según el calendario gubernamental vigente, el único feriado nacional del periodo será el sábado 1 de noviembre, Día de Todos los Santos. Este día, de carácter obligatorio y descanso, alcanza a trabajadores de los sectores público y privado, quienes tienen derecho a un receso remunerado en cumplimiento del Decreto Legislativo n.º 713.
La normativa establecida señala que, si un trabajador labora durante el feriado nacional y no recibe un día de descanso a cambio, debe percibir una remuneración equivalente al triple de su salario diario. Es decir, el colaborador obtiene el pago ordinario por el feriado, otro por la jornada efectivamente trabajada y un adicional del 100 %.
Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL, explicó que, por ejemplo, si un empleado cobra S/ 100 diarios y trabaja el 1 de noviembre, alcanzará S/ 400 en total: S/ 100 por el feriado, S/ 100 por la jornada y S/ 200 como sobretasa. Si el feriado coincide con el día de descanso semanal, solo corresponde el pago habitual de ese día y no el feriado aparte, advirtió la CCL.

La legislación laboral peruana distingue con precisión entre feriados y días no laborables. Los feriados, como el 1 de noviembre, son fechas instauradas por ley donde los empleados de todas las áreas deben descansar con goce de haber. Si se presta servicio en esta jornada y no se otorga el descanso sustitutivo, corresponde la compensación económica antes mencionada.
Los días no laborables, por su parte, suelen ser decretados por el Ejecutivo, aplican principalmente al sector público y requieren reposición de horas laboradas más adelante. Además, el descanso en estos casos no se considera de cumplimiento automático ni está sujeto a pago extra si se labora.
Durante 2025, el cronograma nacional agrupa un total de dieciséis feriados oficiales. El 1 de noviembre figura como el duodécimo en la secuencia anual, según datos de la CCL.
El ciclo de feriados de fin de año contempla además el lunes 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), martes 9 de diciembre (Batalla de Ayacucho, que también coincide con el Día Internacional contra la Corrupción y el Día del Ejército del Perú) y jueves 25 de diciembre (Navidad). Estos últimos permitirán un feriado largo en diciembre que será especialmente esperado por los trabajadores peruanos.
La CCL advierte que la negativa a pagar el monto adicional correspondiente al trabajo en feriado, o la ausencia de otorgamiento del descanso compensatorio, constituye una infracción laboral grave. Las multas por este tipo de incumplimientos pueden superar los 24.000 soles, dependiendo del tamaño y clase de la empresa. Estas sanciones buscan asegurar que los derechos de los trabajadores sean respetados en cada jornada festiva nacional.
El siguiente feriado nacional es este sábado 1 de noviembre, Día de Todos los Santos. Los siguientes días de descanso nacional que le quedan al presente año son:
- Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
- Martes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
- Jueves 25 de diciembre: Navidad
- Viernes 26 de diciembre: Día no laborable para el sector público
- Jueves 1 de enero: Año Nuevo
- Viernes 2 de enero: Día no laborable para el sector público
