La condena a 15 años de prisión dictada el último viernes por el Poder Judicial contra el congresista Guillermo Bermejo fue ejecutada de forma inmediata. Hasta el cierre de esta nota, el legislador permanece detenido en una carceleta del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) a la espera de que una junta determine el penal donde permanecerá recluido, al menos hasta que la Corte Suprema decida si ratifica o anula su sentencia.
Lo que está aún no está completamente definido es el futuro de su escaño en el Congreso, el cual podría ser “perdido” y quedar desierto. Se trataría de un escenario sin precedentes, ya sería consecuencia de la primera aplicación de un norma aprobada hace una década.
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A nivel del Congreso, con base en los antecedentes de legisladores que fueron sentenciados a prisión mientras ejercían funciones, el trámite ‘regular’ sería que la Mesa Directiva declare la vacancia de su escaño y notifique al Jurado Nacional de Elecciones para que este convoque a su accesitario o reemplazo en el cargo.
Sin embargo, el delito de afiliación a una organización terrorista, por el que fue condenado, se encuentra dentro de los alcances del artículo 15-A del reglamento del Congreso, vigente desde el 2015.
Allí se establece que, si un legislador es “condenado mediante sentencia judicial firme” por los delitos de narcotráfico, terrorismo, trata de personas o lavado de activos provenientes de los anteriores, no aplica para él el reemplazo por un accesitario. Este artículo, hasta el momento, nunca ha sido aplicado.

Guillermo Bermejo junto al prófugo Vladimir Cerrón y el hoy también congresista Guido Bellido, cuando todos eran parte de Perú Libre.
Según dijo a El Comercio el constitucionalista Alejandro Rospigliosi, especialista en asuntos parlamentarios, su propósito es ser un “castigo” al partido político que llevó como candidato a una persona eventualmente sentenciada por eso graves delitos, así como a los electores que apostaron por él pese a sus antecedentes, quienes se quedarían sin un representante.
“El caso de Guillermo Bermejo es la primera vez que se aplicaría (el artículo 15-A). Marca un antes y un después respecto a la importancia de poner gente idónea en las elecciones primarias. Loss partidos son responsables de esto (…) Es un casi de aprendizaje de cara los próximos días en las elecciones primarias (para los comicios del 2026)“, comentó.
La accesitaria en suspenso
En el caso de Guillermo Bermejo, el proceso por el que fue sentenciado ya estaba en desarrollo en el 2021, cuando fue elegido legislador de Perú Libre por Lima. Por ese mismo partido y en esa misma jurisdicción, su accesitaria sería Zaira Arias, exmilitante perulibrista hoy distanciada del partido. Sin embargo, su convocatoria está en entredicho.
Zaira Arias fue expulsada de Perú Libre en julio del 2022. Un mes antes, la entonces secretaria de asuntos sociales en Lima de dicho partido había denunciado que se falsificó su firma para inscribirla en la lista de regidores del candidato a la alcaldía de Lima, Yuri Castro. En enero del 2023, fue detenida por la policía por lanzarles pintura roja durante una Marcha por la Paz.

Zaira Arias, excandidata al Congreso por el partido Perú Libre quien sería accesitaria de Guillermo Bermejos, fue detenida durante una manifestación a inicios del 2023 por lanzar pintura roja. (Foto: El Comercio)
Tras su alejamiento de Perú Libre, la excandidata se mantuvo cercana a los círculos ‘castillistas’ y a la llamada ‘prensa alternativa’. Actualmente, tiene un canal de YouTube donde comenta la coyuntura política y hace transmisiones de eventos como las recientes marchas de la ‘Generación Z’. El último mes, además, participó brevemente en un seminario organizado en México por el Partido del Trabajo (PT).
Este Diario llamó y envió mensajes a Zaira Arias para consultarle si asumiría el escaño de Guillermo Bermejo, pero no hubo repuesta. Especialistas comentaron a este Diario que, técnicamente, podría declinar.
En un publicación hecha esta sábado en su cuenta de X, Arias manifestó su “plena solidaridad con el compañero Guillermo Bermejo, a quien mediante una sentencia infame le han arrebatado sus derechos políticos”. No hubo mención a la posibilida de llegar al Congreso como su accesitaria,
¿Escaño vacío?
Aun así, la posibilidad de que la Mesa Directiva convoque a la accesitaria de Guillermo Bermejo aún está en entredicho. La congresista Patricia Juárez (Fuerza Popular), exvicepresidenta del Congreso y ex presidenta de la Comisión de Constitución, dijo el último viernes que, en su interpretación, el artículo 15-A debería aplicarse en su caso.
“Lo que señala el reglamento es que no hay accesitario en los casos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas. Y eso es lo que corresponde: no va a haber una persona que sea llamada para reemplazar al congresista. El sentido de la norma es sancionar a una persona que está con esa investigación”, declaró a la prensa en el Palacio Legislativo.

Artículo 15-A del Reglamento del Congreso
Sin embargo, hay posiciones encontradas respecto a si la norma ya puede ser aplicada al caso de Guillermo Bermejo, debido a que su condena a aún no es firme. Su defensa legal anunció que presentará un recurso de nulidad ante la Corte Suprema, equivalente a una apelación.
Para el constitucionalista Heber Joel Campos, “la norma en cuestión es muy clara”. “Para que surta efectos la figura de la ‘silla vacía’, la sentencia debe ser firme; es decir, que no sea posible interponer contra ella ningún recurso impugnatorio. Entiendo que en el caso del congresista Bermejo estamos recién ante una sentencia de primera instancia. Por tanto, aún no es firme”, dijo a El Comercio.
El especialista añadió que no sería posible que la Mesa Directiva aplique una interpretación distinta para que el escaño quede vacío. “El término no admite duda. Habla de ‘sentencia judicial firme’. En este caso aún no estamos ante una sentencia que tenga esa calidad. Lo que sí es posible es que, dado que su sentencia ya se hizo efectiva, hasta que se resuelva el recurso de su defensa, lo reemplace su accesitaria. Pero eso solo sería hasta que se resuelva su recurso impugnatorio”.
Por su parte, el constitucionalista Aníbal Quiroga dijo a El Comercio que la sentencia aún no se puede considerar firma porque hay una impugnación ya anunciada y que aún no se resuelve. Por lo tanto, todavía no se puede declarar vacío el escaño de Guillermo Bermejo. No obstante, añadió que tampoco se podría convocar a su accesitaria mientras se resuelve su apelación, ya que el delito de su sentencia de primera instancia está dentro de los alcances del artículo 15-A.
“El sigue siendo congresista. Es como si estuviera enfermo con licencia: es un legislador ausente porque está detenido, pero no se le puede vacar porque aún no hay sentencia firme. En este caso, no se puede llamar accesitario porque el 15-A dice que no se puede cuando los delitos son de terrorismo o narcotráfico. Y el 15-A se aplicará plenamente si la sentencia es confirmada por la Corte Suprema”, opinó.

La Mesa Directiva que lidera Fernando Rospigliosi tendrá la última palabra (Foto: Congreso)
José Cevasco, exoficial mayor del Congreso, coincidió en, para que el escaño quede vacío, la sentencia judicial debe ser firme. Sin embargo, a su interpretación, la naturaleza del caso hace que Guillermo Bermejo “no tenga derecho a un accesitario.
“Es por el delito por el que fue sentenciado. Hay que aplicar el reglamento, simplemente. Si bien es cierto que aún falta la confirmación de la sentencia, el delito hace que no tenga accesitario”, agregó.
Alejandro Rospigliosi coincidió en que la sentencia de Guillermo Bermejo aún no se encuentra firme. Sin embargo, estimó que -como en la mayoría de cuestiones parlamentarias de este tipo- el desenlace dependerá de “la voluntad política de del Congreso”.
“Yo creo que la voluntad política de las fuerzas mayoritarias va a ser dejar el escaño vacío hasta que haya la segunda instancia y se ratifique (…) Falta ver la apelación de la sentencia. Entonces en este interregno, en este espacio de tiempo, dependerá la voluntad política (de la Mesa Directiva) llenar o no ese espacio durante los meses que faltan para que se resuelva la apelación”.
Este Diario buscó la postura de Fernando Rospigliosi, también integrante de Fuerza Popular y encargado de la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso, respecto si el escaño quedará vacío o si se convocará a un accesitario. No obstante, hasta el cierre de esta nota, no hubo repuesta.
Consultado por el mismo tema, el tercer vicepresidente de la Mesa Directiva, Ilich Lopez (Acción Popular), dijo que aún no era notificado formalmente por el Poder Judicial sobre la sentencia. En cuanto a la convocatoria o no de un accesitario, solo refirió que “se debe aplicar estrictamente el reglamento”.
Sentencia efectiva
Condena aún no es firme, pero ya se cumple
La sentencia de Guillermo Bermejo aún no es firme, pero comenzó a ejecutarse de inmediato. Esto se debe a que su caso se procesó bajo las reglas del Código de Procedimientos Penales de 1940, donde toda condena se ejecuta de inmediato, al margen de si luego es ratificada o anulada.
El penalista Carlos Caro dijo a El Comercio que al aplicarse en este caso el “viejo Código de Procedimientos Penales de 1940 “, estamos ante un caso donde “lo que existe es una sentencia de primera instancia que no es firme y que se ejecuta de modo adelantado”.
Agregó que, en contraste, el actual Código Procesal Penal sí permite que un tribunal decida que una condena se ejecute solo si es confirmada en segunda instancia. Esa figura se conoce como “suspensión de la ejecución de la pena”, la cual se aplicó en casos recientes vinculados a la política, como en las que tuvieron Vladimir Cerrón, Kenji Fujimori o Daniel Salaverry.
“Con el nuevo Código Procesal Penal, en una sentencia de primera instancia como esta, si es de condena, puede suspenderse la ejecución y ejecutarse (enviar al sentenciado a la cárcel), sólo si es es confirmada en segunda instancia. Bajo el viejo Código, una condena de primera instancia siempre es ejecutada: el condenado va preso, pero no es firme”, indicó.
El caso se procesó así porque la corte donde se tramitó fue una de las últimas en pasar de aplicar el código antiguo al código actual. Otros casos conocidos que se procesaron con el Código de Procedimientos Penales de 1940 fueron el Caso Ecoteva, el caso de Daniel Urresti y otros vinculados a terrorismo y derechos humanos que están a cargo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.

