El Gobierno de Dina Boluarte promulgó el Reglamento de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), así como su estatuto de infracciones y sanciones. A través de dos decretos supremos de la Cancillería se hizo oficial los sometimientos de la APCI contra las ONG y sus actividades.
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La normativa aprobada faculta a la APCI a sancionar con multas de hasta 500 UIT a las organizaciones no gubernamentales que brinden asesoría legal a personas que denuncien al Estado por violaciones a los derechos humanos a nivel nacional e internacional. Además, castiga a estas organizaciones en caso colaboren o financien marchas o movilizaciones.
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La promulgación oficializa otro desacato de la presidenta Dina Boluarte a la Corte IDH, quien en julio de este año le ordenó al Estado que las ONG asuman la defensa legal de los casos Barrios Altos y La Cantuta sin temor a represalias por la Ley APCI. El ente internacional consideró que esta ley aprobada desde el Congreso afecta el derecho de las personas a defenderse.
El reglamento publicado por el Ministerio de Relaciones Exteriores fortalece a la APCI y le otorga la facultada de tener acceso a la administración de los registros de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), Registro Nacional de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Registro de Instituciones Privadas sin fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA), entre otras; así como de los registros de los planes, programas, proyectos y actividades financiadas con CTI.
De igual manera, la APCI deberá dar “la conformidad previa para la ejecución de planes, programas, proyectos o actividades registradas” por las ONG que cuenten con financiamiento exterior. De hecho, podrá acceder a los contratos, actos jurídicos o administrativos de estas organizaciones.
Asimismo, el fortalecimiento de la APCI contra las ONG le faculta a pedir, revisar y verificar toda la documentación que ellos crean correspondiente para el cumplimiento de la “fiscalización”. Ello incluye hasta el registro de fuentes cooperantes y donantes.
Corte IDH le ordenó en 2 ocasiones al Estado que las ONG ejerzan la defensa legal de víctimas sin represalias
En dos ocasiones, el 8 y 16 de julio de este año, la Corte IDH le ordenó al Estado peruano a garantizar que las víctimas de los casos Barrios Altos, La Cantuta y otros puedan tener acceso a la justicia sin ningún tipo de represalias por la Ley APCI.
En su momento, diversas ONG, como la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) y la Comisión de Derechos Humanos (Comiseh) alertaron que esta ley atenta directamente contra la defensa legal de las víctimas y poe en riesgo los casos que representan.
Asimismo, la Corte IDH instó al Estado a respetar el acceso a la justicia para el caso Gamboa García contra el Perú, quien durante el conflicto armado interno fue víctima de abusos sexuales en Ayacucho por parte de los militares.
Ruth Luque advierte que “quieren impunidad” con ley APCI
A través de su cuenta oficial de X (antes Twitter), la congresista del Bloque Democrático, Ruth Luque, rechazó la promulgación del reglamento de la Ley APCI y advirtió que con dicha norma “se quiere impunidad” y “eliminar” a los ciudadanos que “se atrevan a incomodar” a las autoridades investigadas. Además, recordó la leyes aprobadas desde el Congreso en contra de los DD. HH. como la Ley de Amnistía y lesa humanidad.
“Hoy se publicaron los reglamentos de la ley APCI (ley anti-ONG). Sumado a la amnistía, la prescripción de delitos de lesa humanidad y ahora la criminalización de quienes denuncien al Estado, el mensaje es claro: quieren impunidad total y eliminar a quien se atreva a incomodarlos”, expresó.
Representantes de ONG rechazan Ley APCI y su reglamentación
El diálogo con La República, el fundador del Estudio Arbizu & Gamarra, especializado en derechos humanos, Julio Arbizu, calificó la promulgación del reglamento de la Ley APCI como “la ratificación de la voluntad del Gobierno” de “sujetar las ONG a sus designios”. Asimismo, Arbizu cuestionó la norma y señaló que es “autoritaria”.
Al ser consultado sobre cuántos casos quedarían sin asesoría legal debido a esta norma, Arbizu resaltó que “existen muchísimos casos que podrían quedar sin defensa que requieren la defensa de la sociedad civil para el litigio que respete las reglas del debido proceso y las instancias en cuanto a (los casos) de violaciones a los derechos humanos”. “Es preocupante lo que está pasando porque significa, de parte de un Gobierno deslegitimado con menos de 3% de aprobación, el intento de la desaparición de la sociedad civil”.
En tanto, el letrado consideró como un “desacato sistemático” de la presidenta Boluarte luego de que la Corte IDH le ordenó al Estado garantizar el acceso a la justicia a los familiares de las víctimas sin las represalias de la Ley APCI. “El anuncio de retirar al Perú de la Corte significa que el Gobierno viene con todo contra cualquier tipo de organización o espacio que busque frenar los intentos de violaciones de los DD. HH. desde el Gobierno y se abre un espacio para casos de corrupción”, enfatizó.
Por su parte, el abogado del Instituto Legal de Defensa (IDL), Carlos Rivera, aseguró que la norma aprobada en abril de este año contenía las disposiciones para lo cual fue creada de establecer mecanismos de “represión, de control y de sanción a las ONG y que todas las organizaciones deben inscribirse en la APCI”.
Al ser consultado si las ONG estarían bajo el control del Gobierno, a través de la Cancillería, al tener la obligación de brindar toda la información a la APCI, Rivera señaló que los registros serían públicos y fueron parte de los cuestionamientos centrales desde que la ley estaba en proyecto en el Congreso. “Creo que la agenda del Ejecutivo ha decidido abrir varios frentes a ver por dónde golpear a las ONG: ‘Vamos a ver cuál es la situación a nivel internacional, vamos a meterle presión; y si eso no ocurre, a nivel interno, nosotros tenemos la sartén por el mango, y les vamos a abrir procesos administrativos'”, dijo.
“Estamos caminando a esa dirección (de Venezuela). La ley que más se parece a la LEY APCI, es la ley de Venezuela. Si hay una característica común entre Maduro y Boluarte es que les incomoda tremendamente los mecanismos de control. Venezuela denunció el pacto de San José, Perú está camino a hacerlo; Venezuela sacó una ley para intervenir las ONG, Perú, con Dina Boluarte, literalmente, lo está haciendo. Establecer un marco de sanciones nos dice que estamos en una ruta hacia Caracas”, acotó Rivera.
Más de 350 casos se verían afectados por Ley APCI: víctimas pagarían más de US$ 40.000 para llevar casos a la Corte IDH
En otro momento, el abogado Carlos Rivera comentó para La República que, debido a la Ley APCI, entre 300 y 350 casos, se verían afectados directamente debido a que los familiares y víctimas no tendrían recursos para contratar una defensa lega.
“Probablemente, sean mucho más, porque hay otras ONG que no son parte de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, eso va a determinar un incremento significativo de número de casos que se van a ver afectados”, reveló.
Por otro lado, Rivera aseguró que para que un caso llegue a la Corte IDH, aproximadamente, se tendría que calcular el costo por 8 años de trabajo de un letrado y procesos administrativos. “Yo me animaría a pensar que son casos que están por encima de los US$30.000 o US$40.000 para llegar a la Corte IDH, son gastos costosos”, detalló.
“Sin el apoyo de las ONG es imposible que personas con trabajos humildes, que no tienen recursos, lleven sus casos a la Corte IDH, materialmente es imposible”, añadió.
Las sanciones de la APCI: multas hasta con 500 UIT
A través del Decreto Supremo 033-2025-RE se oficializó las sanciones que puede colocar la APCI contra las ONG. Están clasificadas en leves, graves y muy graves. Según el DS son consideradas leves que una organización no gubernamental no se inscriba o renueve su registro ante la APCI, así como la actualización del registro con toda la información exigida por este ente supervisor, así como no presentar la declaración del Plan Anual de actividades planeadas y planificadas.
Es considerado grave la presentación de información falta o adulterada en los diversos documentos que manejen las organizaciones no gubernamentales y que, en un futuro, presenten ante la APCI.
Sin embargo, el punto clave está en el artículo 13 del DS: es considerada una “infracción muy grave” que las ONG utilicen recursos para asesorar, asistir o financiar, de cualquier forma, o modalidad, acciones administrativas, judiciales o de otra naturaleza, en instancias nacionales e internaciones contra el Estado.
Es decir, si una ONG asiste judicialmente a una persona que denuncia al Estado y que no cuenta con los recursos para pagar un abogado, esa organización será multada con hasta 500 UIT. Esa sanción significaría la extinción de dicha ONG.

Pero, eso no es todo, el mismo artículo señala que si una ONG “destina recursos o donaciones hacia actos que afecten el orden público, la seguridad ciudadana, defensa nacional, el orden interno o perjudiquen la propiedad pública o privada” serán sancionados. Es decir, tampoco pueden apoyar movilizaciones contra el Estado.
Es importante señalar que las infracciones leves se sancionan con amonestación cuando incurra por primera vez, luego se aplica una multa al igual que las infracciones graves y muy graves. Para la evaluación y aplicación de sanciones habrá primera y segunda instancia. En el primer caso, será la autoridad resolutiva la que coloque el castigo y ello podrá ser impugnada. En caso sea rechazado, no habrá otra instancia a la que se pueda recurrir para suspender o anular la sanción.
APCI obligaría a las ONG a presentar sus registros de programas, actividades, contratos, entre otros
El artículo 16 del Reglamento de la APCI, establece la “obligación de registrar los planes, programas, proyectos o actividades, contratos, actos jurídicos o administrativos” de las ONG.
Asimismo, el artículo 26 señala que la APCI, junto con la SUNAT y la UIF-PERÚ de la SBS “coordinarán y articularán sus acciones para asegurar la efectiva supervisión y control de las ONGD, ENIEX e IPREDA”.
