Betssy Chávez, expresidenta del Consejo de Ministros del gobierno de Pedro Castillo, quedó impedida de salir del Perú mientras se resuelve su juicio por el fallido golpe de estado cometido por el exmandatario. En ese proceso penal, la fiscalía pide 25 años de prisión en su contra por el delito de rebelión.
Mediante una resolución firmada el viernes por la noche, el juez Edhin Campos, a cargo del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema, impuso diez meses de impedimento de salida del país contra Chávez. Previamente, durante una audiencia realizada el jueves, la Segunda Fiscalía Suprema Anticorrupción había requerido que le imponga la medida por el plazo de un año.
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En su resolución, a la que accedió El Comercio, el juez Campos acoge los argumentos de la fiscalía respecto a que existe un nivel de “sospecha suficiente” que vincula a Chávez con haber cometido el delito de rebelión por el que se le acusa.
Además, considera que los testimonios y la información recogida durante la investigación fiscal que apuntan a su presunto intento de ir a la embajada de México luego del mensaje golpista de Castillo, “permite reafirmar la tesis fiscal respecto a la existencia de peligro de fuga, aun incluso reconociendo que tenga arraigos (familiar, domiciliario y laboral)”.
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—Medida necesaria—
Chávez cumplió prisión preventiva por este proceso desde junio del 2023 hasta la semana pasada, cuando el Tribunal Constitucional ordenó su liberación tras determinar que estuvo presa indebidamente por unos días en diciembre del 2024, mientras se resolvió una ampliación a dicha prisión preventiva.
Al momento de ejecutar su liberación, el mismo juzgado le impuso reglas de conducta (comparecencia con restricciones), que incluyen pasar cada semana por un control biométrico y no salir de Lima sin autorización judicial. Sin embargo, el juez Campos considera en su resolución que “ninguna de esas reglas impediría que si la acusada optara por salir del país, pudiera hacerlo sin que alguna autoridad migratoria pudiera impedirlo”.
En su análisis, el magistrado establece que los elementos de convicción ofrecidos por la fiscalía le permiten advertir que la acusada Chávez Chino “intervino” en el mensaje golpista del 7 de diciembre del 2022.
Además, acoge las declaraciones testimoniales de los exministros Gustavo Bobbio, Alejandro Salas, Heidy Juárez y Willy Huerta y los periodistas Antonio Pantoja y Cynthia Malpartida, quienes colocan a la ex primera ministra en el lugar de los hechos, “colaborando con la difusión del cuestionado mensaje” del entonces presidente Pedro Castillo.
“Todo ello corroborado además con la visualización de registros fílmicos de Palacio de Gobierno conforme al Acta de fecha 20/02/2023 -que capta a Chávez Chino cuando ingresa al Despacho Presidencial- y la visualización del video completo y sin edición del mensaje a la Nación conforme al Acta de fecha 07/12/2022, donde constan las conversaciones previas a dicho mensaje entre los acusados Chávez Chino y Castillo Terrones”, dice la resolución.
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También toma en cuenta la declaración testimonial de Fernando Aliaga Alejo, quien era presidente del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, y declara sobre el apoyo solicitado para una actividad en la Presidencia del Consejo de Ministros, que finalmente fue el mensaje golpista de Castillo; coincidiendo con lo declarado por Roberto Wong Arica, quien fue el encargado de coordinar el enlace en vivo desde la Presidencia del Consejo de Ministros.
Asimismo, considera la declaración testimonial de Cristian Pedro Martínez Valencia, quien era chofer de Chávez Chino, e indica que aquel 7 de diciembre, la acusada le indicó que se dirija a la Embajada de México, y que después de recibir una llamada telefónica, le pidió retornar a su Despacho ubicado en el jirón Junín. “Si bien esta declaración ha sido cuestionada por la defensa, debe considerarse que no se han acompañado elementos de convicción que sustenten los cuestionamientos”. añade.
“El reporte de geolocalización que permite observar que la unidad vehicular en la que se trasladaba la acusada Chávez Chino, hizo un recorrido en dirección a la Embajada de los Estados Unidos Mexicanos en el Perú”, menciona el magistrado.
Finalmente, señala que diez meses es un “plazo razonable”, que “permitirá asegurar la presencia en el país de la acusada Chávez Chino y su sujeción al juzgamiento, a espera de la conclusión del mismo”, incluso considerando una revisión del juicio en segunda instancia.
“De esta manera, se cumplen los requisitos referidos a la presencia de suficientes elementos de convicción, peligro de fuga y superación del test de proporcionalidad […] Se considera razonable un plazo de impedimento de salida del país por 10 meses, que precisamente permitirá asegurar la presencia en el país de la acusada Chávez Chino”, dice la resolución.
La medida está vigente desde el 12 de setiembre de 2025 y vencerá el 11 de julio de 2026. La defensa de Chávez podrá apelar en los próximos días la decisión del juez. De ser así, la última palabra la tendrá la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.
DATO
- El juicio por el golpe inició el 4 de marzo en la Sala Penal Especial de la Corte Suprema.
- En la audiencia más reciente, el tribunal propuso adicionar el delito de “conspiración para la rebelión” como parte de la acusación por este caso.