El Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional reprogramó para el próximo miércoles 13 de agosto la audiencia de prisión preventiva contra el expresidente Martín Vizcarra por el caso que se le sigue por presuntas coimas recibidas durante su gestión como gobernador de Moquegua.
Si bien la audiencia había sido programada para hoy, el juez Jorge Chávez Támariz la suspendió para dar tiempo a que las partes revisen los nuevos elementos de convicción presentados.
Al inicio de la audiencia de este viernes 8, Chávez Támariz rechazó la objeción presentada por la defensa de Vizcarra, el abogado Erwin Siccha, para excluir los nuevos elementos de convicción que el Ministerio Público entregó al juzgado. Siccha argumentó que se estaba vulnerando el derecho a la defensa pues no había sido notificado.
Según explicó el magistrado, la decisión de la sala de apelaciones de declarar nula la resolución anterior —que había rechazado el pedido de prisión preventiva— “retrotrae el proceso al momento de la postulación de la prisión preventiva”. Es decir, se vuelve al punto inicial y se permite que la Fiscalía precise su requerimiento y aporte nueva evidencia.
“No se vulnera el derecho de defensa porque ni siquiera he escuchado cuáles son los argumentos del Ministerio Público, y, en su caso, los elementos de convicción que se han presentado serán trasladados a la contraparte para que los debata”, señaló Chávez Támariz. Añadió que, como en cualquier audiencia de este tipo, la defensa también podrá presentar sus propios elementos de convicción.
Actualmente, Vizcarra cumple una comparecencia simple —es decir, permanece en libertad sin restricciones más allá de acudir a las citaciones judiciales—, luego de que el Congreso aprobara la Ley 32130. Esta norma fijó un plazo máximo para las comparecencias con restricciones, equiparándolo al de la prisión preventiva. El juez cuestionó esta equiparación: “Se está equiparando una prisión preventiva de una persona que está privada de su libertad en una cárcel, alejada de su familia, frente a una comparecencia con restricciones en donde no lo está. Pero para el Congreso le otorga el mismo valor”.
Ante ese escenario, la Fiscalía busca ahora que se revoque la comparecencia simple y se imponga la prisión preventiva. El juez explicó que solo existen dos caminos legales: la revocatoria de reglas de conducta —que no es posible en este caso porque ya no existen— o la variación de la medida coercitiva, prevista en el artículo 255 del Código Procesal Penal. Esta última permite pasar de comparecencia simple a prisión preventiva si surgen nuevos elementos que cumplan los presupuestos del artículo 268, como la existencia de “sospecha grave” sobre el delito y un peligro procesal.
“No hay norma expresa que prohíba integrar nuevos elementos de convicción cuando hay un reconocimiento de nulidad”, recalcó el magistrado, quien también señaló que no existe jurisprudencia obligatoria que lo impida. Citó fallos de la Corte Suprema de Estados Unidos, del sistema interamericano de derechos humanos y la casación 1-2007 Guaura, que estableció que la presencia del acusado en una audiencia de prisión preventiva es facultativa.
Con estos argumentos, el juez declaró instalada la audiencia, desestimó la observación de la defensa y ratificó que se evaluará el pedido fiscal como una variación de medida coercitiva. “Se le va a otorgar la oportunidad [a la defensa] para que pueda evaluarlo bajo lo que es una defensa eficaz”, concluyó.
NOTA PREVIA
A través de un comunicado en sus redes oficiales, la Corte Superior Nacional fijó la audiencia para las 11:00 am en la sede judicial de la Av. Tacna N° 734, Cercado de Lima.
Sin embargo, la resolución señala que es facultativo que Vizcarra se haga presente en la audiencia y, si decide asistir, podrá hacer uso de la palabra de acuerdo con lo que establece la Ley y la Constitución Política, siendo obligatoria la presencia de su abogado y de la Fiscalía.
#Último El Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional programa para 08 de agosto, a las 11:00 a.m., audiencia de prisión preventiva contra el expresidente de la República #MartínVizcarra, en la sede judicial de la Av. Tacna N° 734, Cercado de Lima. pic.twitter.com/8IwhEew4kz
— Corte Superior Nacional (@csnjpeOficial) August 1, 2025
Como se sabe, la Sala Penal Superior decidió anular la resolución del juez Víctor Alcocer que rechazaba el pedido de prisión preventiva contra el expresidente. Y ahora será otro juez de primera instancia quien reevalúe si Martín Vizcarra debe ser encarcelado preliminarmente.
En esta nueva vuelta de tuerca, el fiscal Germán Juárez tiene el objetivo de lograr que Vizcarra afronte el proceso tras las rejas. La acusación no es menor. Se le atribuye haber recibido más de S/2.3 millones en sobornos ligados a las obras Lomas de Ilo y el Hospital de Moquegua. La pena solicitada podría sepultar su carrera política: 15 años de prisión y nueve de inhabilitación.
La defensa del expresidente, encabezada por el abogado Erwin Siccha, fue directa. Rechazó cualquier indicio de peligro procesal y calificó el pedido de prisión como “infundado y desproporcionado”. A su juicio, las medidas restrictivas vigentes son suficientes para garantizar la presencia del exmandatario en el proceso.
La Sala Penal consideró que el análisis del juez Alcocer fue débil y que la causa merece ser evaluada desde cero. Ahora, la presión recae sobre un nuevo magistrado, que deberá decidir si los indicios alcanzan para dictar prisión.
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