El Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar nula la resolución emitida por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ate que impedía que el expresidente Alejandro Toledo sea trasladado a la Clínica San Pablo para tratamiento médico. La decisión, que se remonta a marzo de 2025, fue impugnada por el abogado del exmandatario, quien argumentó que la resolución previa vulneró los derechos a la salud e integridad personal.
Toledo, quien padece diversas enfermedades graves, había solicitado atención médica privada debido a la complejidad de su estado de salud, una solicitud que, según el Tribunal Constitucional, no fue adecuadamente evaluada. La Corte también resaltó la necesidad de tomar en cuenta la situación crítica de Toledo, quien lleva más de dos años esperando una respuesta formal a su solicitud de atención médica, lo que ha generado un debate sobre la eficacia del sistema judicial en la protección de los derechos humanos.

Fallo del TC que declara nula resolución judicial que impedía a expresidente Toledo recibir atención médica privada.
TC ya había resuelto a favor de Alejandro Toledo
El Tribunal Constitucional emitió en abril de 2024 una sentencia que parcialmente favoreció la demanda de habeas corpus presentada por la defensa de Alejandro Toledo, exmandatario de Perú. En esa ocasión, el TC ordenó al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) que se pronunciara de manera formal y motivada sobre la solicitud de Toledo para recibir atención médica ambulatoria en una clínica privada, a su propio costo.
Sin embargo, en marzo de 2025, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ate rechazó la solicitud de traslado, argumentando que no había justificación suficiente para ello. La decisión se basó en una evaluación médica penitenciaria que declaró a Toledo como “clínicamente estable” y que confirmaba que ya recibía atención especializada en hospitales de Essalud. Ante esta resolución, la defensa de Toledo interpuso un recurso de apelación por salto ante el Tribunal Constitucional, argumentando que no se había cumplido con lo establecido en la sentencia de abril de 2024.
A esta última apelación, el TC emitió fallo el 31 de julio, ordenando que el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ate emita, de manera inmediata, una nueva resolución que permita a Alejandro Toledo recibir atención médica en la Clínica San Pablo, bajo las condiciones solicitadas por su defensa: atención ambulatoria, sin internamiento y financiada por el propio exmandatario.
Por otro lado, el auto rechazó la solicitud de remitir el caso al Ministerio Público o a la Autoridad Nacional de Control Judicial para sancionar al juez o al Instituto Nacional Penitenciario (INPE), considerando que, aunque las decisiones fueron insuficientes, sí se emitieron pronunciamientos sobre el tema.