El pleno del Congreso inhabilitó por 10 años para el ejercicio de la función pública al expresidente Martín Vizcarra el miércoles 11 de junio, por presunta infracción a la Constitución, por disolver el Parlamento en el 2019.
La sanción fue aprobada luego de que el pleno aceptara dos pedidos de reconsideración a la votación realizada el pasado 30 de abril, en la que inicialmente no se alcanzaron los votos necesarios para sancionarlo. Con la nueva votación, finalmente se logró imponer la medida.
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Se trata de la tercera inhabilitación impuesta contra Vizcarra. La primera fue en abril de 2021, cuando se le impuso una inhabilitación por 10 años por vacunarse contra el Covid-19 de manera irregular, en un caso conocido como el ‘Vacunagate’.
Posteriormente, en mayo de 2022, se aprobó una segunda inhabilitación por cinco años, esta vez por sus vínculos con empresas privadas mientras se desempeñaba como ministro de Transportes y Comunicaciones.
Las sanciones le impiden postular a cargos de elección popular o ejercer funciones públicas.
En abril pasado, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) lo retiró del padrón de afiliados del partido político Perú Primero, en aplicación de las inhabilitaciones impuestas por el Congreso.
Voto a voto
La tercera inhabilitación impuesta a Vizcarra fue aprobada con 67 votos a favor, 11 en contra y tres abstenciones. La mayoría del pleno del Congreso lo encontró responsable de haber infringido el artículo 134 de la Constitución.
ASÍ FUE LA VOTACIÓN BANCADA POR BANCADA:
BANCADA | N° DE INTEGRANTES | A FAVOR | EN CONTRA | EN ABSTENCIÓN |
---|---|---|---|---|
Fuerza Popular | 21 | 15 | 0 | 0 |
Podemos | 14 | 7 | 1 | 1 |
Alianza para el Progreso | 14 | 8 | 0 | 0 |
Perú Libre | 11 | 6 | 0 | 0 |
Renovación Popular | 11 | 7 | 0 | 0 |
Acción Popular | 9 | 7 | 0 | 0 |
Bloque Magisterial | 8 | 4 | 0 | 0 |
Juntos por el Perú – Voces del Pueblo | 8 | 0 | 4 | 1 |
Somos Perú | 7 | 3 | 0 | 0 |
Avanza País | 6 | 3 | 0 | 0 |
Bancada Socialista | 5 | 1 | 2 | 1 |
Honor y Democracia | 5 | 3 | 0 | 0 |
Bloque Democrático | 5 | 0 | 2 | 0 |
No agrupados | 6 | 3 | 2 | 0 |
TOTAL | 130 | 67 | 11 | 3 |
El artículo 134 de la Constitución establece que el presidente de la República solo puede disolver el Congreso si este ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros.
Sin embargo, el informe acusatorio —que en esta oportunidad no fue debatido en el hemiciclo— concluyó que Vizcarra no estaba facultado para interpretar, en setiembre del 2019, que la elección de un miembro del Tribunal Constitucional constituía una segunda negativa de confianza.
“La suspensión del procedimiento de elección de magistrados no podía ser materia de cuestión de confianza al no tratarse de un proyecto de ley, consecuentemente, el presidente Martín Vizcarra, no podía interpretar que, al haber elegido un magistrado, se había denegado la confianza”, determinó el informe.
Además, el documento atribuyó al exmandatario responsabilidad política por haber planteado una cuestión de confianza para frenar ese proceso de elección de magistrados, pese a que “no contaba con la aprobación del Consejo de Ministros”.
El informe fue aprobado inicialmente por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales en enero, y luego ratificado por la Comisión Permanente en marzo.
En abril pasado, la propuesta de inhabilitar a Vizcarra alcanzó 61 votos a favor; es decir, le faltaron cinco votos para ser aprobado. No obstante, los congresistas Jorge Montoya (Honor y Democracia) y Noelia Herrera (Renovación Popular) presentaron reconsideraciones.
Aquella vez, Vizcarra asistió a la sesión plenaria acompañado de su abogado, Alejandro Salas, para ejercer su defensa. Tanto su intervención como la de su defensor tuvieron un tono marcadamente político, lo que provocó varios momentos de tensión y enfrentamientos en el hemiciclo.
Sobre la inhabilitación decidida el miércoles 11, Salas dijo a El Comercio: “Es una decisión abusiva. Han votado aquellos congresistas que en el feriado largo del mes de abril no votaron y se fueron de vacaciones, han votado aquellos que estuvieron de licencia y no escucharon la defensa del expresidente”.
De acuerdo con el abogado de Vizcarra, los hechos “nos suman para seguir alegando en fuero internacional el abuso del derecho por parte de un poder del Estado”.
En su opinión, la votación por la nueva inhabilitación “vulnera completamente el debido proceso en el que se entiende es un estado de derecho”.
Otros casos
En abril pasado, el Ministerio Público denunció a Vizcarra ante el Congreso por el presunto delito de colusión, por supuestamente concertar la compra de 1.4 millones de pruebas rápidas para la detección del Covid-19 a favor de dos empresas privadas en marzo de 2020.
Ese caso tiene como punto de partida el 18 de marzo de 2020. En esa fecha, durante una sesión del Consejo de Ministros, se dio luz verde para que el organismo estatal Perú Compras realizara compras directas de pruebas de diagnóstico para el Covid-19. Ese mismo día, en el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), se llevó a cabo una reunión entre altos funcionarios y representantes de empresas privadas proveedoras de insumos médicos, quienes propusieron abastecer pruebas rápidas.
Según las investigaciones del Ministerio Público, dichas reuniones y decisiones habrían sido coordinadas de forma anticipada con el objetivo de favorecer a las empresas NIPRO Medical Corporation y Multimedical Supplies S.A.C., que finalmente resultaron adjudicatarias de la buena pro.
Además, el expresidente también enfrenta un juicio oral por presuntamente recibir sobornos de empresas constructoras cuando fue gobernador regional de Moquegua (2011-2014).
Según la acusación fiscal, Vizcarra habría recibido coimas por S/ 1,3 millones a cambio de la licitación del Hospital de Moquegua.