
Mientras el octavo retiro AFP entra en su recta final en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia financiera, un nuevo proyecto para dar acceso a las pensiones ha sido presentado en el Congreso de la República. Pero esta vez no se trata de un libre acceso para todos los afiliados, sino una medida ‘acotada’.
“La presente ley tiene por objeto establecer una medida de carácter excepcional y temporal que faculta a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) a disponer, por única vez, de un monto de hasta 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de los fondos acumulados en sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC)”, aclara.
Sin embargo, estas 3 UIT (equivalentes a S/16 mil 50 en 2025) serían entregadas solo a los afiliados que cumplan las siguientes condiciones: que tengan gastos médicos significativos derivados de enfermedad grave o de alto costo, propios o de un familiar directo (hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad), estén desempleado por un periodo continuo no menor de 3 meses o quienes tengan una afectación económica directa por desastre natural declarado.

El nuevo proyecto de ley fue presentado por Magaly Ruíz Rodríguez de Alianza Para el Progreso el pasado 3 de junio (PL 11416). Este autoriza el retiro AFP, que es “voluntario, personal e individual, y se aplica a todos los afiliados del SPP que no se encuentren percibiendo pensión de jubilación regular o anticipada, sin distinción de situación laboral vigente”.
Sin embargo, la iniciativa legislativa establece las siguientes condiciones de elegibilidad:
- Gastos médicos significativos derivados de enfermedad grave o de alto costo, propios o de un familiar directo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
- Condición de desempleo por un periodo continuo no menor de tres (3) meses anteriores a la presentación de la solicitud
- Afectación económica directa por desastre natural declarado.
Así, el monto máximo de retiro es de hasta 3 UIT del total disponible en la CIC del afiliado se podría retirar en varias armadas. El retiro se ejecutará en dos desembolsos mensuales sucesivos: el primer desembolso, de hasta 1,5 UIT, a los 30 días de presentada la solicitud; el segundo desembolso, de hasta 1,5 UIT, a los 30 días del primer desembolso. Asimismo, “el afiliado podrá desistir del retiro antes de cada desembolso, mediante solicitud virtual ante su AFP con al menos siete 7 días hábiles de anticipación”.

Si bien hay 18 proyectos de retiro AFP para la liberación libre de los fondos, el nuevo proyecto se une a los otros, que plantean el retiro en modalidades exactas y otras medidas.
- Retiro AFP de 3 UIT (S/16.050) en modalides, presentado el 03/06/2025 por Magaly Ruíz Rodríguez de Alianza Para el Progreso (PL 11416)
- Restitución del retiro AFP de 95,5% al jubilarse, presentado el 25/09/2024 por José León Luna Gálvez de Podemos Perú (PL 9002)
- Restitución del retiro AFP de 95,5% al jubilarse, presentado el 27/09/2024 por Flavio Cruz Mamani de Perú Libre (PL 9024)
- Restitución del retiro AFP de 95,5% al jubilarse, presentado el 03/10/2024 por Edgard Cornelio Reymundo Mercado del Bloque Democrático Popular (PL 9103)
- Restitución del retiro AFP de 95,5% al jubilarse, presentado el 13/11/2024 por María Jessica Córdova Lobatón de Renovación Popular (PL 9499)
- Restitución del retiro AFP de 95,5% al jubilarse, presentado el 21/11/2024 por Guido Bellido Ugarte de Podemos Perú (PL 9571)
- Retiro AFP en modalidades: 100% para migrar, 25% cuota inicial de casa, 50% por desempleo o pagar estudios y 95,5% en enfermedad terminal, presentado el 10 de febrero por Digna Calle (Podemos Perú)
- Restitución del retiro AFP de 95,5% al jubilarse, presentado el 30/09/2025 por Darwin Espinoza Vargas de Podemos Perú (PL 10989)
- Retiro AFP de 1 UIT cada mes, para afiliados al SPP que se encuentren en desempelo, presentado el 25/04/2025 por Jhaec Darwin Espinoza Vargas (Podemos Perú) (PL 10903)