Una reciente propuesta sobre retiro de ONP ha ingresado al Parlamento con el objetivo de autorizar el acceso a aportes realizados en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Esta medida surge tras la luz verde otorgada al desembolso de recursos desde las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en 2024. Ante esta situación, algunos legisladores argumentaron que los contribuyentes al régimen estatal también deberían recibir un trato similar al que se brinda a quienes cotizan en el esquema privado.
Cabe resaltar que diversas iniciativas con este enfoque fueron agrupadas en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso. Sin embargo, tras el análisis correspondiente, el dictamen aprobado dejó de lado la posibilidad de extraer recursos del sistema estatal de pensiones. En su lugar, se planteó la entrega de un subsidio excepcional de S/1.337,50 —equivalente a un cuarto de la UIT— dirigido a los asegurados.
Pese a los cambios previos, el legislador Elías Varas Meléndez, integrante del grupo parlamentario Juntos por el Perú – Voces del Pueblo, ha impulsado una nueva iniciativa legislativa (Proyecto de Ley 11292). Esta plantea autorizar la entrega de hasta 2 Unidades Impositivas Tributarias —equivalentes a S/10.700— provenientes de los fondos del sistema nacional para los contribuyentes.
La iniciativa tiene como finalidad permitir “autorizar de manera extraordinaria y facultativa el retiro parcial de los aportes realizados alSistema Nacional de Pensiones(SNP) por parte de los afiliados que no hayan accedido a pensión y que no se hayan trasladado al Sistema Privado de Pensiones (SPP) ni recibido Bono de Reconocimiento”.
El monto máximo a entregar ascendería a 2 Unidades Impositivas Tributarias, lo que equivale a S/10.700. No obstante, la suma concreta sería determinada en función del total de contribuciones acreditadas a nombre del afiliado en los registros oficiales de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

El monto máximo a entregar ascendería a 2 Unidades Impositivas Tributarias, lo que equivale a S/10.700. (Foto: El Peruano)
Cuáles serían las condiciones para el retiro ONP
Además, el acceso a este beneficio estaría condicionado al cumplimiento de ciertos requisitos específicos, aún por detallar en el proyecto:
El proyecto establece que el monto a liberar no podrá superar la suma total efectivamente registrada como aporte a nombre del solicitante en la ONP. La entrega del dinero se realizaría en dos etapas: una primera transferencia, de hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), se efectuaría dentro de los 30 días calendario tras la aceptación de la solicitud. La segunda parte, también de hasta una UIT, se abonaría en los 30 días siguientes al primer pago. En caso de que el total a devolver sea inferior a una UIT, la operación se concretaría en un solo desembolso.
Entre los requisitos se precisa que el solicitante no debe estar recibiendo una pensión ni haber iniciado un proceso vigente para acceder a la misma en el SNP u otro régimen previsional. Esta limitación no se aplicaría a quienes hayan visto rechazado su trámite por no cumplir con el mínimo exigido de contribuciones.
Qué es la ONP
La ONP (Oficina de Normalización Previsional) es una institución pública peruana encargada de administrar el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), que otorga prestaciones económicas a los trabajadores que realizan aportes durante su vida laboral. Su función principal es recaudar, registrar y gestionar los aportes de los afiliados para luego otorgar pensiones de jubilación, invalidez, viudez y orfandad, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley N.º 19990. A diferencia de otros sistemas previsionales, como las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones), en la ONP el dinero de los aportantes no se capitaliza de forma individual, sino que forma parte de un fondo común que se usa para pagar las pensiones de los actuales beneficiarios.