
El inicio de la última semana del año mantiene la expectativa en el país, mientras miles de trabajadores de Perú buscan confirmar si habrá un nuevo periodo de descanso antes de recibir el 2026. Según información oficial del diario El Peruano, no existe un feriado nacional ni día no laborable decretado para mañana, lunes 30 de diciembre, en todo el territorio peruano.
Esta disposición afecta tanto a los empleados del sector público como del sector privado, quienes deberán cumplir con sus funciones habituales en la fecha señalada.
La incertidumbre sobre posibles asuetos en los días previos a Año Nuevo se ha convertido en tema de consulta frecuente entre la población. Las autoridades no han emitido ninguna resolución que modifique la jornada regular de trabajo para este lunes 29 de diciembre ni el martes 30. La normativa legal vigente obliga a la mayoría de los trabajadores a mantener sus actividades laborales con normalidad.

La diferencia entre feriado y día no laborable genera interés y confusión entre los peruanos. Mientras los feriados nacionales implican la suspensión obligatoria de actividades, los días no laborables suelen aplicarse al sector público y requieren recuperación posterior de las horas.
De acuerdo a la normativa oficializada en El Peruano, el miércoles 31 de diciembre de 2025 tampoco ha sido reconocido como feriado ni como día no laborable, por lo que las operaciones en el sector público y privado seguirán su curso normal.
Aunque el descanso no se extiende al nivel nacional, el departamento de La Libertad cuenta con una excepción significativa. Según la Ley N.º 4185, el lunes 29 de diciembre es feriado únicamente en La Libertad. Esta medida conmemora los 205 años de la independencia proclamada en la ciudad de Trujillo.
El beneficio tiene carácter regional y no aplica en el resto de los departamentos del país. Los residentes de La Libertad son los únicos que podrán disfrutar de este asueto especial.

El cronograma de descansos oficiales para el inicio del 2026 ha sido precisado en el Decreto Supremo N.º 042-2025-PCM, el cual define el esquema laboral de los primeros días de enero.
El jueves 1 de enero se mantiene como feriado nacional obligatorio para todos los trabajadores de Perú, con el derecho a la remuneración correspondiente. Además, el viernes 2 de enero fue designado como día no laborable compensable para el sector público.
En el caso de los empleados estatales, el descanso prolongado se extiende al sumar el sábado 3 y domingo 4 de enero. Las horas no trabajadas el viernes 2 deberán ser recuperadas en los diez días siguientes, según consta en la normativa difundida por El Peruano. Para los trabajadores del sector privado, el viernes 2 de enero solo será no laborable si así lo acuerdan directamente el empleador y los colaboradores.

La diferencia entre feriado y día no laborable se refleja también en el pago. De acuerdo con el artículo 6 del Decreto Legislativo N.º 713, los trabajadores que laboren durante un feriado oficial como el 1 de enero deben recibir el pago del día más una sobretasa del 100 % de su remuneración diaria, salvo que se les otorgue un descanso sustitutorio.
Las empresas que incumplan esta disposición se exponen a sanciones económicas, cuyas multas varían según el tamaño de la organización.
En contraste, los días no laborables, como el viernes 2 de enero para el sector público, solo trasladan la jornada, que debe ser recuperada posteriormente, sin que exista pago extra ni compensación adicional salvo acuerdo entre las partes.

El Gobierno de Perú ha oficializado el calendario de feriados nacionales para el año 2026. El listado incluye días festivos religiosos, patrióticos y civiles que impactan tanto a trabajadores como a estudiantes. Entre las fechas confirmadas destacan:
- Jueves 1 de enero: Año Nuevo
- Jueves 2 y Viernes 3 de abril: Semana Santa
- Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo
- Domingo 7 de junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera
- Lunes 29 de junio: San Pedro y San Pablo
- Jueves 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú
- Martes 28 y miércoles 29 de julio: Fiestas Patrias
- Jueves 6 de agosto: Batalla de Junín
- Domingo 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
- Jueves 8 de octubre: Combate de Angamos
- Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
- Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
- Miércoles 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
- Viernes 25 de diciembre: Navidad
Este calendario, respaldado por el Decreto Legislativo N.º 713, permite a los ciudadanos planificar con antelación sus actividades personales y laborales.
