El reparto de utilidades es un derecho laboral esperado por los trabajadores del sector privado, ya que representa una porción de las ganancias netas que la empresa obtuvo durante el año fiscal anterior. En este contexto, el Congreso de la República dio luz verde a que un sector se beneficie con un mayor porcentaje.
La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Parlamento aprobó la modificación del artículo N° 2 del Decreto Legislativo 892.
El cambio incorpora expresamente al sector hidrocarburos dentro de la lista de actividades económicas con derecho a participación en utilidades, asignándole un porcentaje propio del 8% sobre la renta neta anual antes de impuestos.
Esta modificación se justifica en que el sector hidrocarburos comparte características productivas y de rentabilidad con otros rubros extractivos, como minería o electricidad, que ya cuentan con porcentajes superiores.
Se entiende, con la ley vigente, que el sector hidrocarburos tenía un porcentaje de 5% pues estaba inmerso en “empresas que realizan otras actividades”. Sin embargo, de convertirse en ley, ahora se suma a aquellas que tienen un porcentaje superior.
Otras ya contempladas en dicho decreto son: empresas pesqueras (10%), agrarias (7.5% entre el 2024 al 2026; 10% a partir del 2027 en adelante), de telecomunicaciones (10%), industriales (10%), mineras (8%), de comercio al por mayor y al por menor y restaurantes (8%).

Sector hidrocarburos tendrá nuevas reglas para el reparto de utilidades. (Foto: horizonteminero)
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Aplicación progresiva
El texto aprobado dispone que el incremento se aplicará de forma gradual durante tres ejercicios fiscales, para permitir la adecuación de las empresas:
- En 2026, la participación será del 6 %.
- En 2027, aumentará al 7 %.
- Desde 2028, se aplicará el 8 % definitivo.
Este esquema progresivo evita un impacto inmediato en los costos de las compañías del sector, al distribuir el ajuste en un periodo de transición.
Tras la aprobación en la Comisión de Trabajo, el predictamen será remitido al pleno del Congreso para su debate y votación.
De los tribunales al Congreso
Para Jorge Toyama, socio de Vinatea & Toyama, el cambio aprobado por la Comisión de Trabajo responde a una dinámica que ya se ha repetido en otros sectores: cuando una pretensión sindical no prospera en el Poder Judicial, se busca modificar la ley para obtener el mismo resultado por vía legislativa.
“Este es un caso donde, por ley, se quiere ‘compensar’ lo que por juicio se ha perdido”, señala. Toyama recuerda que existen múltiples sentencias firmes de la Corte Suprema que establecen que el sector hidrocarburos paga 5% de utilidades, al estar dentro de la categoría de “otras actividades”.
“Los jueces ya se pronunciaron, y ahora el Congreso está legislando sobre un punto resuelto. Se abre la puerta a que, cada vez que no se gana en los tribunales, se acuda al Congreso para cambiar la norma”, advierte.

Comisión de Trabajo aprueba cambios en la distribución de utilidades para el sector hidrocarburos. (Imagen: Andina)
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Utilidades como tributo adicional
Desde una mirada empresarial, César Puntriano, socio del Estudio Muñiz, considera que la reforma puede ser percibida como un nuevo costo obligatorio para las empresas del sector hidrocarburos, más que como un incentivo laboral.
El abogado explica que, al fijarse ahora un porcentaje propio del 8% dentro del Decreto Legislativo 892, el cambio adquiere rango de ley y deja sin efecto las interpretaciones judiciales previas. Sin embargo, advierte que esta equiparación con el régimen minero no refleja las diferencias económicas entre ambos sectores, donde los márgenes y volúmenes de producción son distintos.
Riesgo de menor inversión en el sector
Tanto Toyama como Puntriano coinciden en que el nuevo régimen podría generar efectos adversos sobre la inversión privada en hidrocarburos, una actividad que requiere capital intensivo y horizontes de largo plazo.
Toyama señala que “toda modificación que aumente los costos laborales permanentes puede alterar los planes de inversión”, mientras que Puntriano añade que el cambio “hará que algunas empresas reconsideren su permanencia o expansión en el país, sobre todo en un entorno de alta tramitología y competencia estatal”.
Ambos coinciden en que, aunque el reparto de utilidades tiene respaldo constitucional como beneficio social, su modificación sin un análisis técnico puede tener implicancias jurídicas y económicas para el sector.
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