Justicia peruana confirma que hijos de la – El reportero andino

El Poder Judicial del Perú confirmó que los hijos de la pareja, de nacionalidad peruana, tienen su residencia habitual en Lima y que el viaje a Europa en julio de 2024 fue temporal, planificado y consentido por ambos padres.

El colegiado resolvió en base a la documentación presentada por el señor Menéndez Zeppilli, que acreditó de manera fehaciente el arraigo y domicilio habitual de los hijos de la pareja en el país. Entre las pruebas figuran la residencia legal de la madre en Perú desde 2015, la atención médica pediátrica continua desde el nacimiento de los menores, las matrículas y pago de pensiones escolares, así como la autorización notarial que establecía el viaje a España como vacacional.

Asimismo, el Poder Judicial tomó en cuenta que la propia Ana Gaivao, interpuso el 20 de agosto de 2024 una demanda de tenencia en el Perú, donde reconocía que la residencia de los hijos estaba en Lima.

La sentencia coincide con el dictamen del Ministerio Público, emitido el 11 de junio de 2025, que ratificaba que el domicilio familiar era Perú y que el retorno de los menores desde España había sido consentido y lícito.

IMPLICANCIAS DEL FALLO

La defensa legal de Fernando Menéndez ha subrayado que correspondería al Ministerio Publico evaluar posibles responsabilidades derivadas de las denuncias y declaraciones infundadas realizadas por la Sra. Gaivao en los últimos meses. También expresaron preocupación porque, pese al fallo, la madre aún mantiene el cuidado temporal de los menores y no los ha llevado al colegio desde hace meses.

Por su parte, la abogada constitucionalista Elizabeth Zea, quien se ha sumado a la defensa de Menéndez, se mostró satisfecha con la decisión del Poder Judicial indicando que “no debe haber interferencia de gobiernos, organismos o instituciones en la justicia peruana. Debemos estar siempre alertas frente a intentos de intromisión internacional o de las ONG que quieran aprovechar casos sensibles como este para fines ajenos al interés superior del niño”, indicó.

El fallo no solo resuelve una disputa familiar, también recuerda una verdad esencial: los niños no pueden ser instrumentos de conflicto ni de agendas ajenas a su bienestar. Su derecho a crecer con estabilidad, educación y cuidado debe estar siempre por encima de intereses individuales de los padres o presiones externas.

 

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By admin

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