La Policía Nacional de Perú declara como – El reportero andino

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La decisión se adopta en un contexto marcado por filtraciones de información del Estado —recientemente, (DIRIN) de la PNP fueron expuestos en un canal de Telegram—; así como denegatorias reiteradas de las instituciones a requerimientos cursados al amparo de la Ley de Transparencia. Uno de estos últimos casos, el emprendido por este Diario .

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Héctor Villalobos

La nueva disposición policial figura en la Resolución Directoral N°009-2025, emitida por la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la PNP el pasado 25 de agosto, pero que recientemente se ha hecho pública. Y abarca, específicamente, a dos sistemas: el Sistema de Denuncias Policiales (SIDPOL) y el Sistema de Registro de Denuncias de Investigación Criminal (SIRDIC), respectivamente.

“Clasificar como información reserva en la Policía Nacional del Perú, independientemente del soporte en que se encuentre, toda la información de denuncias contenida en la base de datos del Sistema de Denuncias Policiales y del Sistema de Registro de Denuncias de Investigación Criminal, por un plazo de cinco años”, se resuelve en la directiva.

Los efectos de la directiva ya se encuentran en vigor en ambos sistemas informáticos virtuales, según confirmaron fuentes policiales a El Comercio. El primero de los registros comprende todas las incidencias recogidas por las comisarías a nivel nacional —como denuncias, faltas, intervenciones, entre otros hechos reportados—; mientras que el segundo está destinado exclusivamente al registro de delitos materia de investigación criminal especializada.

Argumentos esbozados

La directiva de la PNP justifica la clasificación de información como reservada en disposiciones de la propia Constitución, la Ley de Transparencia y su reglamento, respectivamente. En particular, se ampara en las excepciones establecidas al acceso a la información pública cuando esta compromete la intimidad personal, está excluida expresamente por ley o por razones de seguridad nacional.

Según el documento, la clasificación se sustenta “por constituir información cuya revelación podría entorpecer el curso de las investigaciones en su etapa policial”.

En ese sentido, la reserva de las denuncias policiales constituye una medida idónea, necesaria y adecuada para garantizar la eficacia de las investigaciones y la finalidad de la función policial”, se indica en la misma directiva.

El dispositivo también hace referencia al Informe N°1357-2025, emitido 13 días antes al interior de la misma dirección y en el cual se sostiene que “la finalidad pública prevalece frente al interés individual”.

“En efecto, sin la debida reserva de la información contenida en las denuncias (…) se pondría en riesgo la finalidad esencial de la PNP, que es prevenir, investigar y combatir la delincuencia”, se sostiene.

Así, se resuelve clasificar la información por un plazo de cinco años a partir de la fecha, esto es hasta el 2030; y se dispone que la Unidad de Recepción Documental de la PNP adopte “las acciones pertinentes” para la custodia de la información clasificada como reservada.

La directiva en cuestión la suscribe el general PNP Javier Gonzáles Novoa, director de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la PNP. El Comercio buscó recoger la postura de la institución; sin embargo, al cierre de este informe no se respondió la comunicación.

¿Qué es lo que está en juego?

A opinión de Roberto Pereira, abogado especialista en libertad de expresión e integrante del Consejo Directivo del Instituto Prensa y Sociedad (IPYS), se trata de “una resolución manifiestamente inconstitucional” y la cual vulnera no solo la labor periodística, sino también el derecho a la información de la población.

“Es de especial interés público que la población conozca si algunas personas, por ejemplo, que están postulando a cargos públicos o de elección popular tiene denuncias. Con esta directiva, no se va a poder obtener esa información, lo cual dota de un manto de secretismo y debilita el trabajo de la prensa y el derecho a la información de la ciudadanía. La comisión de delitos es un hecho de especial interés público. Y no puede haber un manto de opacidad o de reserva absoluta a esa información”, comentó Pereira a El Comercio.

Remarcó que las excepciones contempladas para limitar el acceso a información no aplican al contenido de las denuncias, sino –en todo caso- al resultado de las investigaciones policiales: declaraciones, pericias, documentos, informes OVISE.

“Eso sí podría poner en riesgo, pero la mera denuncia no pone en riesgo la continuidad o el éxito de las investigaciones. Por lo tanto, ahí hay un problema serio y están manipulando los hechos al decir que la revelación o el conocimiento de las denuncias puede entorpecer las investigaciones. Eso es absolutamente inexacto, no es verdad”, afirmó.

Además, apuntó que la clasificación de información debe seguir ciertas pautas, las cuales –en su mirada- no está lo suficientemente acreditado en la directiva que se ha conocido esta semana. En caso se determine que existiese alguna información que pueda tener carácter secreta o confidencial, agregó, solo debería de excluirse esa información y entregarse el resto.

Sin embargo, “lo que están haciendo es una clasificación sábana, que todo es reservado y no están analizando como debería de ser: caso por caso”, subrayó.

Por su parte, en la mirada del director ejecutivo del Consejo de la Prensa Peruana (CPP), Rodrigo Salazar Zimmermann, hay una clara violación a principios constitucionales y a la Ley de Transparencia, la cual —remarcó— “hoy en día parece más una sugerencia que una ley”. Se trata, apuntó, de una clara afectación al interés público.

“Esta ley [de Transparencia] ha sido violada por el Poder Ejecutivo, por el Ministerio Público y ahora lo va a hacer por la Policía. Es casi como si fuera una sugerencia y no una obligación de las entidades públicas. Esto ataca lo principal que es el interés público de la ciudadanía, en un contexto en el cual hay tremendos casos de corrupción, en el cual hay una criminalidad organizada en la ciudad tremenda. Y no poder acceder a las denuncias policiales afecta y limita la rendición de cuentas”, aseveró Salazar Zimmermann.

En la práctica, comentó, lo que hace esta directiva es limitar el acceso de los periodistas a denuncias de interés público, lo que a su vez impacta en el derecho a la ciudadanía a estar informada. Sin embargo, remarcó que esto debe ser puesto en el contexto de obstáculos que se vienen registrando, como lo ocurrido con el uso de los vehículos de la presidenta, su incremento de sueldo, entre otros casos.

“Tenemos que ver esto a la luz de los casos previos; es decir, lo que se busca en el fondo es que la gente no esté enterada y que los periodistas no podamos investigar”, subrayó el director ejecutivo del CPP.

El factor político

Pero esta decisión va más allá. El exministro del Interior, Carlos Basombrío, calificó la directiva como “un abuso de poder inaceptable”, advirtiendo que lo que se buscaría es ocultar la información que permite hacer un análisis sobre el estado situacional del crimen en el país y así “encubrir el fracaso absoluto” en este frente.

Al clasificar toda la información —remarcó Basombrío— se impide que se sepa si se está avanzando o no en el combate de flagelos como la extorsión, una información que no impediría el avance de investigaciones específicas y que solo está contenida en cifras.

“Es un escándalo que viene no de un general, ni siquiera del comandante general, sino del gobierno. Estoy absolutamente seguro de que es una decisión política del gobierno para encubrir el fracaso absoluto de la lucha contra el crimen y es un abuso de poder inaceptable”, remarcó Basombrío.

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