El Tribunal Constitucional precisó que las municipalidades no pueden imponer multas a conductores o utilizar grúas para llevar autos mal estacionados al depósito. Según el TC, esta sería una práctica recurrente en los municipios de Lima Metropolitana y evidenciaría un abuso de autoridad por parte de alcaldes distritales y sus funcionarios.
Asimismo, indicaron que, según el Reglamento Nacional de Tránsito RNT, estas regulaciones solo le pertenecen al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). En este sentido, ¿podrían las calles de Lima convertirse ahora en cocheras informales?
¿Por qué el TC declaró inconstitucionales las ordenanzas de municipios sobre vehículos mal estacionados?
Por su parte, el presidente de la ONG Luz Ámbar, Luis Quispe Candia, opinó para este medio respecto a la reciente indicación del TC, y dijo que la institución “está cumpliendo con la responsabilidad de declarar inconstitucionales las ordenanzas de las municipalidades distritales de Lima” debido a que estas habrían incurrido en lamentables “excesos en contra de los ciudadanos: estableciendo infracciones de tránsito sin que sea su competencia y llevando vehículos a depósitos a cambio de onerosas multas”.
Indicó que la inconstitucionalidad de estas ordenanzas radica en el artículo 11 de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre (Ley N° 27181). En esta, se indica que “los gobiernos locales emiten las normas complementarias para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial y de sus competencias”; sin embargo advierte que esto solo se llevará a cabo “sin transgredir ni desnaturalizar la presente Ley ni los reglamentos nacionales”.
Así, afirmó que es justamente esto último lo que han venido haciendo los municipios distritales de Lima, “contravenir y desnaturalizar la ley” debido a que no es parte de su competencia la emisión de este tipo de ordenanzas o el levantamiento de los vehículos para transportarlo al depósito.
¿Se transformarán las calles de Lima en una cochera informal?
Quispe Candia aseguró que esta sentencia no necesariamente tendría que convertir a Lima en una gran cochera, y recalcó que realmente existen dos aspectos primordiales a los que se debería prestar atención. Uno de ellos es el control y proactividad por parte de los efectivos policiales para que la ciudadanía no realice un mal uso de las vías y, por otro lado, no dejar que las autoridades incurran en abusos y se vayan en contra de lo que dictamina la Ley.
Advirtió que lo esencial es enfocarnos en las necesidades de los ciudadanos y brindarles una solución realmente efectiva. “No hay forma de evitar que la gente compre vehículos, y estos se venden indistintamente. Hay personas que tienen dos o tres carros. Entonces, es el Estado el que tiene que propugnar la implementación de estacionamientos y, mediante lo que la ley y nuestra constitución nos permite”.
En este sentido propuso que una asociación público-privada podría ser una alternativa efectiva. “No se trata de prohibir el estacionamiento, sino de facilitar a la ciudadanía para que guarde sus vehículos en un lugar adecuado. Esto es lo que debemos incentivar, y la asociación público privada es un buen mecanismo para que los alcaldes lo hagan”, detalló.
Municipalidad de La Victoria no podrá multar por autos mal estacionados tras fallo del TC
La indicación del Tribunal Constitucional tiene origen en la Ordenanza 375-2021 emitida por la Municipalidad de La Victoria, que “prohíbe dejar vehículos o unidades motorizadas abandonados o que interrumpan la libre circulación en la vía pública del distrito”, según se lee en el documento. Sin embargo, el documento también afirma que se internará “temporalmente, en el depósito municipal autorizado” a estos vehículos y que será “obligación exclusiva del infractor pagar la multa y todos los gastos que se hubieran generado hasta el momento de la entrega del vehículo”.
En este sentido el fallo del TC anuló esta ordenanza y recalcó que la única entidad encargada de este tipo de regulaciones es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Además, que el control del tránsito de la ciudad y la aplicación de sanciones son tareas que le pertenecen solo a municipalidad provincial en conjunto con la PNP. En el caso de los municipios de distrito, todas sus ordenanzas deben ir dentro del marco legal y sin contravenir la Ley.
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