Y si bien en los años siguientes se hicieron pagos parciales de estos bonos, gran parte de los mismos hasta el momento no han sido reconocidos por el Estado y esta se ha convertido en una deuda histórica. No obstante, existen dos hechos a ocurrir en el mediano plazo que podrían restituir el pago de dichos bonos.

Bonos de la reforma agraria
Una ley y un pronunciamiento del TC
A fines de abril, la comisión de Economía del Congreso de la República aprobó el dictamen del Proyecto de Ley 1889 – 2021/CR que restituye el procedimiento administrativo de pago de las expropiaciones de reforma agraria a los bonistas.
Lo que busca la iniciativa es la restitución del pago que ya fue aprobado por el Estado vía Decreto Supremo 242-2017 y luego del mandato que hizo el Tribunal Constitucional en el 2013.

La deuda viene desde la reforma agraria, ocurrida en 1969 durante el gobierno del general Velasco Alvarado. (Foto: Andina).
El abogado Mario Seoane Linares, en diálogo con este Diario, explicó la relevancia de dicho decreto. “El tribunal dispuso que en ese procedimiento administrativo se planteen opciones de pago: en bonos, en tierras, en efectivo y en proyectos de inversión. Entonces, el procedimiento que desarrolló el Ministerio de Economía en el Decreto Supremo 242 era bueno en cuanto a la forma de pago. Sin embargo, era malo en cuanto al cálculo de los bonos. El MEF hizo algo totalmente distinto a lo que dispuso el tribunal”, indicó.
El problema radicó en el tipo de cambio que se aplicaba para el cálculo del pago de los bonos. El MEF aplicó un tipo de cambio que, al aplicarse a la fórmula, resultaba en un pago menor -y, en algunos casos, nulo- de los bonos otorgados.
Es ahí donde obra en el actual escenario un nuevo pronunciamiento que, según pudo conocer este Diario, emitiría el Tribunal Constitucional en las próximas semanas. Según explica el abogado Seoane -quien también es asesor legal de la Asociación de Bonistas de la Deuda Agraria (ABDA)-, en el pleno del tribunal reside el caso de un bono que -al aplicarse la fórmula que usó el MEF- arrojaba un pago nulo por los bonos.

Velasco Alvarado lanzó la Reforma Agraria de 1969. (Foto: New Century Films)
“Si el Tribunal aclara la fórmula y el Congreso aprueba finalmente el proyecto, se va a poder implementar un procedimiento administrativo en el MEF para viabilizar el pago de la deuda. Y con las opciones que se han dado, donde el propio beneficiario puede escoger la forma de pago. Entonces, esto será viable para todos”, refirió.
El caso Gramercy
En este caso también obra lo ocurrido en el caso Gramercy. Seoane lo recuerda: “El fondo Gramercy demandó al Estado peruano por la fórmula que aplicó el MEF y ganó una demanda en un arbitraje internacional. Ese arbitraje es importante dado que el tribunal determinó que la aplicación de la fórmula para el cálculo de los pagos había sido arbitraria”, señala. En dicho caso, el Estado debe reconocer el pago de cerca de 9 mil bonos por un valor total de US$85 millones hasta en tres cuotas.
El problema presupuestal
Sobre la iniciativa del Congreso, ¿puede el Ejecutivo apelar al impedimento de iniciativa de capacidad de gasto? Para el congresista de Renovación Popular y autor principal de la referida iniciativa legislativa, Miguel Ciccia, no se está afectando la capacidad presupuestal porque se trata de cumplir con una deuda histórica reconocida por el Estado y sobre la cual ya obra el Decreto Supremo 242.
“Si el Estado históricamente ha obligado a sus deudores a que paguen sus deudas, recíprocamente el Estado debe cumplir con ser un buen pagador. Esta es la oportunidad para que se puedan actualizar los bonos. Hay muchos titulares que han fallecido y son los herederos los que están reclamando la indemnización de estas tierras”, aseguró.

15 de abril del 2010. Hace 15 años. MEF le sacó más de una tajada adicional a Odebrecht en Olmos.
Ciccia aseguró que este proyecto se ha socializado internamente entre las bancadas del parlamento y existe la intención del presidente de la comisión de Economía, Ilich López, de honrar las deudas. El congresista también aseveró que esta iniciativa buscará ser socializada con el ministro del Economía.
Seoane agrega un segundo punto por el cual el Ejecutivo no puede escapar de su obligación de cumplir con el pago de dicha deuda: “El Congreso no tiene iniciativa de gasto, pero sí la tiene en el caso de una expropiación”, afirmó.
¿De qué monto hablamos? Según Seoane, la deuda pendiente de pago -si se excluyen los bonos ya reconocidos a Gramercy y aquellos que fueron pagados parcialmente- “es menor que la reconocida hoy a los Fonavistas”.
“El procedimiento administrativo que está aprobando el Congreso considera una etapa donde los bonistas presentan sus papeles para que sean peritados. Después, se registran esos bonos y luego de esa etapa ya viene la actualización y el pago. Todo eso está comprendido en el procedimiento que el Congreso aprobó”, explicó.

(Ilustración: Giovanni Tazza)
Cabe recordar que, actualmente, el Ministerio de Economía y Finanzas tiene como uno de sus principales objetivos la reducción del gasto público y, ante él, existen hoy diversas iniciativas legislativas -entre aumentos salariales y exoneraciones tributarias- que demandan una presión a las finanzas públicas. La duda ante este escenario es si el referido ministerio tiene hoy entre sus prioridades el pago de la deuda y por qué no se aplicó debidamente la fórmula para el pago en su momento. Este Diario compartió con el MEF estas preguntas pero, al cierre de este informe, no se obtuvo respuesta.